A- de 2014
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Alejandra Alvarez Hoyos Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia por cambios en el contexto normativo
- Inconstitucional sobreviniente
- Inexistencia de competencia de control oficioso de constitucionalidad
- Efectos de cosa juzgada absoluta
- Carácter automático, integral y definitivo
- Integral
- Recurso de súplica
- Rechazar recurso de súplica por existir cosa juzgada absoluta mediante sentencia C-460/10
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica en contra del auto que rechazó la demanda de la referencia porque, en relación con el aparte acusado se presentó el fenómeno de la cosa juzgada constitucional, pues la Corte declaró lo exequible mediante sentencia C-460/10, al momento de surtir el control integral de constitucionalidad de la ley 1344 de 2009 y del convenio internacional que con ella se aprobó.
Se CONFIRMA el auto recurrido.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Plena de esta Corporacion,
- RESUELVE
- CONFIRMAR en su integridad el Auto de abril cuatro (4) de 2013, proferido por el Magistrado Sustanciador Mauricio Gonzalez Cuervo, mediante el cual se rechazo la demanda interpuesta por los ciudadanos Alejandra Alvarez Hoyos, Juan Carlos Duran Uribe, Maria Eugenia Gutierrez Darwich, Paula Lorena Mora Hernandez y Daniel Alejandro Rangel Jurado.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.